Alianza con Flytogether para proteger los derechos de los animales en el transporte aéreo
Reclamavión y Flytogether se unen para defender los derechos de quienes viajan con animales, ofreciendo asesoramiento legal y reclamaciones contra aerolíneas por abusos y malas prácticas. A través de acciones legales, buscamos visibilizar esta problemática y exigir regulaciones más justas. Juntos, trabajamos para garantizar que la seguridad y el bienestar de los animales en los vuelos sean innegociables, a continuación puedes leer el manifiesto conjunto que hemos preparado.
MANIFIESTO POR LA REGULACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN EL TRANSPORTE AÉREO
FLY TOGETHER & RECLAMAVION
Frente al desamparo normativo que sufren los animales en el transporte aéreo, procedemos a denunciar la falta de una regulación que dote de protección a dichos seres frente a los posibles abusos de las compañías aéreas. Precisamente son recurrentes los casos en los que los animales son maltratados durante el transcurso de los vuelos. Es por ello que exigimos una solución en base a los siguientes puntos que expondremos a continuación:
En primer lugar, instamos tanto a las autoridades europeas como a las nacionales e internacionales que reconozcan a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, y no como meros bultos de carga o equipaje. Si bien es cierto, que los legisladores españoles ya otorgaron dicho estatus a los animales en la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, dicha regulación se manifiesta insuficiente, y se observan multitud de situaciones en las que se pone en peligro la vida e integridad de los animales en el transporte aéreo.
De igual modo, exigimos a la Comunidad Internacional que incluya a los animales en la normativa internacional del sector aéreo con una regulación específica y adaptada a la realidad sonriente de estos seres. Actualmente, la única normativa aplicable a supuestos de daños y perjuicios que padezcan los animales sería regulada por el Convenio de Montreal de 1999; el cual no los menciona ni les otorga ningún tipo de consideración.
En lo que respecta a la sola responsabilidad del transportista, el antecitado Convenio regula, en sus artículos 17 y 18, la responsabilidad de las compañías aéreas por daños ocasionados a la carga transportada. Dicha texto normativo fija, en su artículo 22, un límite de responsabilidad económica para el transportista de 1.519 Derechos Especiales de Giro, equivalentes a unos 1.890 euros. Esta cifra, que podría ser razonable para el extravío o daño de una maleta, resulta fuera de toda lógica cuando hablamos de la vida o bienestar de un animal. Dicho de otro modo, los animales son equiparados como un equipaje más, y así responden actualmente los transportistas aéreos en caso de incidencia.
En consecuencia, en los supuestos en los que un animal sufra lesiones graves durante el transporte o, peor aún, pierda la vida, las compañías aéreas se ampararían en estos límites de responsabilidad económica para evitar mayores compensaciones. Esta práctica no solo no indemniza el sufrimiento padecido por sus dueños, sino que también ignora por completo el valor intrínseco del animal como miembro de la familia y como sujeto de derecho. Por ello, exigimos que se pueda ampliar el régimen de responsabilidades para que se haga justicia acorde con la casuística previamente expuesta.
Por otro lado, resultan alejadas de toda sensibilidad las políticas de condiciones de uso de las compañías aéreas, completamente abusivas e ineficaces en el transporte de animales en sus aviones. A título de ejemplo, cabe citar la limitación del peso de los animales en base a una supuesta normativa internacional ficticia, encubriendo reales motivos comerciales. Precisamente, no hay regulación expresa al límite de peso exigido para transportar un animal de compañía expresa; por lo tanto, exigimos que se aborde dicho tema, ya que dichas circunstancias privan a muchos animales a viajar en avión.
Finalmente, denunciamos la falta de protocolos específicos para el transporte de animales vivos, y en relación a ello, exigimos que se asegure la integridad y bienestar del animal en todo momento, desde la manipulación en tierra hasta el traslado en cabina o bodega. Y, así mismo, se que imponga a las compañías aéreas el establecimiento de guías de actuación coordinadas con los aeropuertos en los supuestos que un animal se pierda en tierra.
En virtud de lo expuesto, expresamos nuestro malestar ante las situaciones denunciadas, y, rogamos que se adopten las medidas pertinentes para proteger a nuestros animales ante dichas circunstancias.