Nuevas Directrices de la UE para Reclamaciones Aéreas: Lo que Todo Pasajero Debe Saber sobre sus Derechos
La Comisión Europea ha publicado la Resolución C/2024/5687, la cual introduce nuevas directrices para interpretar el Reglamento (CE) n.o 261/2004, que regula los derechos de los pasajeros aéreos en casos de denegación de embarque, cancelaciones y retrasos, y el Reglamento (CE) n.o 2027/97, sobre responsabilidad en caso de accidente. Este documento busca armonizar la aplicación de estos derechos en todos los estados miembros, aclarando términos como "circunstancias extraordinarias" y los derechos de asistencia y compensación.
Una de las aclaraciones más importantes se refiere a las "circunstancias extraordinarias", exenciones en las que las aerolíneas no están obligadas a compensar a los pasajeros. Estas incluyen eventos externos como condiciones climáticas extremas o riesgos de seguridad, aunque se destaca que las aerolíneas deben tomar medidas razonables para evitar retrasos cuando sea posible.
Además, las directrices recalcan el derecho a asistencia para los pasajeros, independientemente de si el retraso o la cancelación es atribuible a la aerolínea o no. Este derecho incluye comida, alojamiento y comunicación en caso de demoras significativas. Asimismo, se enfatiza la obligación de las aerolíneas de ofrecer reembolsos o transporte alternativo en situaciones de interrupción del viaje.
Para vuelos con conexión, se confirma que el reglamento cubre a los pasajeros afectados, incluso si el retraso o la cancelación ocurre en un tramo operado fuera de la UE. Esto fortalece la posición de los pasajeros, permitiéndoles reclamar compensación al operador europeo que inició el trayecto, independientemente de quién efectúe los tramos subsecuentes.
Finalmente, las directrices también abordan el alcance del reglamento en relación con los viajes combinados y multimodales, confirmando que los derechos de los pasajeros se mantienen tanto con el organizador del viaje como con la aerolínea. Con estas interpretaciones, se espera reducir las disputas y facilitar a los pasajeros el ejercicio de sus derechos, garantizando una experiencia de viaje más justa y transparente.
Texto íntegro de la Resolución disponible en: https://www.boe.es/doue/2024/5687/Z00001-00036.pdf