Nueva actualización de límites indemnizatorios por retraso y pérdida de equipaje
A partir del 28 de diciembre de 2024, entra en vigor la nueva actualización del límite indemnizatorio previsto por el Convenio de Montreal de 1999 en los casos de destrucción, retraso, pérdida o avería del equipaje facturado.
En una medida destinada a beneficiar a los pasajeros que abordan vuelos internacionales, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) ha actualizado después de 5 años el límite indemnizatorio previsto en el artículo 22 del Convenio de Montreal, de forma que los pasajeros podrán reclamar cuantías mayores en los casos de pérdida o retraso de su equipaje. Límite que, recordemos, opera por cada uno de los pasajeros que transportase sus pertenencias en el equipaje en cuestión.
De esta forma, con la nueva modificación los pasajeros, mientras que el límite anterior se encontraba en 1.288 Derechos Especiales de Giro, ahora podrán reclamar una cuantía de hasta 1.519 Derechos Especiales de Giro, equivalentes a aproximadamente 1.860 euros. Esta cuantía comprendería tanto la indemnización por daños morales, consistente en los días de espera hasta la llegada del equipaje, como los daños materiales, constituidos por las compras de enseres básicos que el pasajero precise durante esa misma espera.
En Reclamavión® tendremos muy presente esta actualización del límite indemnizatorio en aras a garantizar a nuestros clientes la máxima indemnización posible en todos aquellos asuntos relativos al equipaje facturado.